Circular
1/02
Visto que desde la implementación del procedimiento
previsto en la Circular 4/99 se ha verificado
que, habiéndose prestado el servicio, ha quedado pendiente
la integración de la tasa generándose un efecto no
deseado, resulta en esta instancia oportuno y conveniente modificar
dicha operatoria.
En tal sentido a partir del 28 de agosto de 2002
no se entregarán las copias de Declaraciones Juradas hasta
tanto no se integre la tasa de servicios que corresponde abonar
por la totalidad de los formularios de avalúo expedidos.
Regístrese, comuníquese a los Colegios
y Consejos Profesionales con incumbencia en la materia. Circúlese.
Cumplido, archívese.
Fdo. Sr. Miguel Torres - DRC |