Circular
1/97
La Plata, 22 de Agosto de 1997
INSTRUCCIONES PARA REDONDEAR LOS CÁLCULOS
EN LOS FORMULARIOS DE REVALÚO.
A los efectos de unificar los criterios para el
cálculo de los formularios de revalúo se deberá
seguir el siguiente procedimiento:
En los formularios 903, 904, 905 y 906 se harán
los cálculos de los rubros 4, 5 y 6 con dos decimales.
Solamente se redondeará el TOTAL DEL RUBRO
7 que se traslada al formulario 901 rubro 5, columna 6.
Cuando se utilice el formulario 907, los valores
a volcar en la columna 6 del rubro 5 deberán estar redondeados.
En el formulario 908 se redondearán las
columnas 4, 5, 6 y 7 del rubro 3.
En el formulario 911 se redondeará solamente
el valor que se consigne en el lugar destinado al TOTAL DEL RUBRO
8 A TRASLADAR AL FORMULARIO 910.
En el formulario 912 se redondearán solamente
los valores consignados en el TOTAL DEL RUBRO 3 que se debe trasladar
al formulario 910, rubro 4, inciso c y el TOTAL DEL RUBRO 5 que
se debe trasladar el formulario 910, rubro 5, inciso f.
En el formulario 915 se deberá redondear
solamente el valor que se consigne como VALOR RESULTANTE.
Los valores redondeados en todos los casos deberán
quedar como números enteros, sin decimales y adoptando el
siguiente criterio: de 0.01 a 0.50 se despreciarán los decimales,
y de 0.51 a 0.99 se aumentará en una unidad el valor entero.-
De esta manera los valores que se consignen en
el formulario 901, rubro 5, columna 6 y en el formulario 910, rubros
2, 3 y 4, columnas correspondientes a "valor", deberán
ser números enteros redondeados.
AGRIM. LUIS RODRIGUEZ ALVAREZ
A CARGO DE LA DIRECCION DE CATASTRO ECONOMICO
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