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Circular 12/84
La Plata, 14 de septiembre de 1984
Vista la elevación efectuada por la Dirección
de Régimen Catastral, con relación a la constitución
de una comisión de Jefes de Departamentos Zonas mediante
memorando N° 116 D.R.C para que se aboque al estudio sobre el
despacho de Certificados Catastrales referentes a inmuebles a afectar
al régimen de P.H. (Ley 13.512)en el caso de una inscripción
de Reglamento de Copropiedad y ventas simultáneas, teniendo
en cuenta el dictamen producido por la misma y posterior informe
emanado por la Dirección de Régimen Catastral, se
resuelve:
Que en todo trámite iniciado ante esta Dirección
Provincial, referido a la presentación de Certificados Catastrales
N° 1, en los casos de inmuebles a afectar al Régimen
de Propiedad Horizontal que se encuentren alcanzados por inscripción
de Reglamento de Copropiedad y Ventas simultáneas, parte
interesada deberá presentar un certificado catastral N°
1 por cada una de las unidades funcionales a transmitir su dominio.
Dirección Provincial de Catastro Territorial
- 14/9/84 -
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