| Disposición
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La Plata, 6 de marzo de 1998
Visto la necesidad de armonizar las situaciones
jurídico-catastrales que se presentan en los distintos Departamentos
que conforman esta Dirección provincial y,
CONSIDERANDO:
Que el Catastro Provincial constituye el registro
del estado de hecho de la cosa inmueble, en relación con
el derecho de propiedad emergente de los títulos invocados
o de la posesión ejercida:
Que asimismo el Catastro es la base del sistema
inmobiliario desde los puntos de vista tributario, de policía
y de ordenamiento administrativo del dominio;
Que en tal sentido la Ley 10.707 asigna a esta
Dirección Provincial de Catastro Territorial el carácter
de autoridad de aplicación en materia valuatoria y a cuyo
cargo esta el cumplimiento de la Ley y el ejercicio del poder de
policía catastral;
Que junto con la precitada norma resultan de aplicación
en el ámbito de esta Repartición el Código
Fiscal, la Ley Impositiva dictada para cada año, la Ley de
Procedimientos Administrativos y las Disposiciones normativas emanadas
de esta Dirección;
Que ante lo expuesto resulta oportuna la intervención
de un profesional del derecho perteneciente al Departamento Descentralización
y Sistematización Catastral - División Técnico
Legal - en los distintos Departamentos Zona, a fin de optimizar
el procedimiento administrativo en lo que respecta a las situaciones
jurídicas catastrales;
Por ello,
EL DIRECTOR PROVINCIAL DE CATASTRO TERRITORIAL
DISPONE:
Artículo 1°: Arbitrar los medios necesarios
para la organización jurídico-catastral en los once
Departamentos Zonas de la Dirección de Régimen Catastral.-
Artículo 2°: El Departamento Descentralización
y Sistematización catastral tendrá a su cargo la implementación
de lo dispuesto en el artículo anterior, incluido el dictado
de talleres de capacitación.-
Artículo 3°: Regístrese, comuníquese
a quien corresponda. Cumplido archívese.--
Fdo. Ing. Civil Roberto A. Cano
Director Provincial
Dirección Provincial de Catastro Territorial
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