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Disposición 1846/05

 

LA PLATA, 1 de junio de 2005.

Visto la Disposición Nº 1373/05 por la cual se determina el trámite para la constitución de estado parcelario y la solicitud de certificado catastral; y

CONSIDERANDO:

Que por el artículo 1º de dicho acto administrativo se establece que a partir del 2 de mayo de 2005 no se admitirán solicitudes de despacho de certificado catastral que ingresen conjuntamente con la documentación destinada a registrar el estado parcelario, verificar la subsistencia o actualizar la valuación, de acuerdo a lo prescripto en los artículos 8, 15 de la Ley 10707 y 8 de la Disposición Nº 2010/94 y modificatoria;

Que por su parte el artículo 4 de la Disposición referenciada establece como último plazo para recepcionar solicitudes de certificado catastral, en los términos del artículo 9 inciso a) de la Disposición Nº 2010/94, modificada por sus similares Nº 2715/94 y Nº 5884/02, el 31 de mayo del corriente, fecha a partir de la cual queda derogado dicho inciso;

Que han surgido inconvenientes de orden administrativo u operativo que dificultan, en esta instancia el procedimiento adoptado;

Que estos inconvenientes no podrían haber sido previstos y sólo se han puesto de manifiesto una vez que el trámite implementado fue llevado a la práctica;

Que esta situación aconseja prorrogar el plazo previsto en el artículo 4 de la Disposición Nº 1373/05 autorizando el ingreso de solicitudes de despacho del certificado catastral, en los términos del artículo 9 inciso a) de la Disposición Nº 2010/94 y sus modificatorias, hasta el 21 de junio de 2005;

Que por lo expuesto corresponde dictar el presente acto administrativo;

Por ello,

LA DIRECTORA PROVINCIAL DE CATASTRO TERRITORIAL

D I S P O N E

ARTÍCULO 1º.- Prorrógase el plazo establecido en el artículo 4 de la Disposición Nº 1373/05 hasta el 21 de junio de 2005, fecha a partir de la cual queda derogado el inciso a) del artículo 9 de la Disposición Nº 2715/94 y Nº 5884/02.-

ARTÍCULO 2º.- Regístrese; publíquese en el Boletín Oficial. Comuníquese a los Colegios y Consejos con incumbencia en la materia. Circúlese y archívese.-


DISPOSICIÓN Nº 1846

Fdo. Lic. Roxana Carelli
Directora Provincial de
Catastro Territorial
MINISTERIO DE ECONOMIA

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