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n° 55/97 DRC
La Plata, 27 de Febrero de 1997
Sr. Presidente del
Consejo Profesional de Agrimensura
Agrim. Héctor Lattanzio
SU DESPACHO:
De mi mayor consideración:
Me dirijo a Ud. a los efectos de solicitarle la
difusión, a través del Boletín o del medio
que considere más conveniente, las siguientes consideraciones:
Elementos que el Profesional debe recibir cuando
se le entreguen Antecedentes.
Toda Solicitud de Antecedentes para Constituir
el Estado Parcelario deberá llevar la reposición fiscal
establecida por la Ley Impositiva Ley 11.904, artículo 25º,
inciso 3).
El profesional deberá recibir copia de la
plancheta, de la cédula catastral y de todas las planillas
de revalúo que correspondan al inmueble cuyos antecedentes
fueran solicitados.
En el caso en que como antecedente existiera un
relevamiento de oficio que incorpore mejoras por el operativo BALDÍOS
EDIFICADOS (formularios de la línea 800), el Departamento
Zona entregará además de la Cédula y la Plancheta,
un formulario, cuya fotocopia se adjunta, con las características
relevadas de oficio.
Si como antecedente existiera una incorporación
por datos obtenidos mediante el relevamiento aerofotogramétrico
realizado por Aguas Argentinas, el Departamento Zona, además
de entregar los antecedentes deberá indicar claramente la
Superficie según Aguas Argentinas y la Superficie según
Catastro. (la diferencia es la ampliación detectada por el
vuelo). En este caso debe tenerse en cuenta que el vuelo es del
año 1.994, por lo tanto las ampliaciones no pueden tener
datas posteriores a ese año.
Cuando como antecedente exista un acogimiento a
la Moratoria Catastral Ley 11.808, el Departamento Zona deberá
informar la superficie de la ampliación declarada.
En la constitución del Estado Parcelario
la ampliación será declarada con la data que le corresponda,
aclarando en el rubro "observaciones" de los formularios
"A" y 901, que esa ampliación fue declarada en
la moratoria.
Cuando por cualquier motivo, las datas consignadas
en la Constitución del Estado Parcelario, no coincidan con
las suministradas por Catastro en los antecedentes de AGUAS ARGENTINAS
o del operativo BALDIOS EDIFICADOS (formularios 800), el profesional
deberá dejar expresa constancia en el rubro "observaciones"
de los formularios "A" y 901 la justificación de
la data consignada.-
NOTA Nº 55/97 D.R.C.
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