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Prensa | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||
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Se labran actuaciones y se les hace un seguimiento minucioso, por si cabe denuncia penal. Un nuevo sistema informatizado impedirá evasión, infracciones fiscales y actos de corrupción, como las que Rentas ha detectado en los últimos dos años, en los que se aprovechaban las debilidades del antiguo sistema manual. Los escribanos de Capital Federal podrán continuar con la declaración jurada manual hasta que la Justicia resuelva el amparo, con un régimen especial de agentes de recaudación que tendrá vigencia a partir del 16 de diciembre. RENTAS
HA DETECTADO QUE 712 ESCRIBANOS COMETIERON En los últimos dos años la Dirección Provincial de Rentas ha detectado 712 escribanos involucrados en infracciones fiscales por un total que supera los $30 millones sólo en concepto de impuesto de Sellos, a los que se les está haciendo un seguimiento minucioso y en muchos de las casos se abrieron actuaciones, para efectuar, si correspondiera, la denuncia judicial pertinente. Para evitar estas graves irregularidades Rentas ha dispuesto que los escribanos que desarrollan su actividad en la provincia de Buenos Aires deberán utilizar obligatoriamente el aplicativo SIPRES para la presentación ante la Dirección Provincial de Rentas de las declaraciones juradas de todas las escrituras efectuadas. Este nuevo sistema permite la declaración y pago del Impuesto de Sellos de manera online, evitando infracciones fiscales, evasión o actos de corrupción. Por su parte, a los escribanos matriculados en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires no se les exigirá la utilización de este moderno aplicativo, que será de uso optativo hasta tanto la Justicia se expida sobre el amparo presentado por el Colegio de Escribanos de Capital Federal ante la Suprema Corte provincial, que trabó transitoriamente la obligatoriedad universal del nuevo sistema SIPRES. Ante esto y con el fin de proteger el interés fiscal y el de los contribuyentes, Rentas ha dispuesto que a partir del 16 de diciembre se iguale la presión de control de los escribanos que operen mediante el sistema anterior respecto de los que utilicen el nuevo aplicativo que permite el seguimiento online. Para ello se dispuso establecer un régimen especial de agente de recaudación para los escribanos de Capital Federal que operen con el antiguo sistema manual. Para liquidar el impuesto de Sellos deberán ingresar el monto correspondientes dentro de los 3 días de la fecha de escrituración; para el impuesto Inmobiliario, deberán ingresar la suma correspondiente dentro de los 5 días de la fecha de escritura; para el impuesto a las Embarcaciones Deportivas deberán ingresar el monto correspondiente dentro de los 5 días posteriores a la fecha de escrituración. Asimismo, todos los escribanos deberán emitir y entregar a los contribuyentes el comprobante de las retenciones que se les efectuaran, respecto de los impuestos Inmobiliario, a las Embarcaciones Deportivas y Sellos. El SIPRES fue desarrollado con el objetivo básico de modernizar la gestión del tributo, y con el objetivo específico de revertir las falencias que presentaba la anterior modalidad, que derivaron en la proliferación de casos de evasión y corrupción, con el consecuente perjuicio sobre gran cantidad de contribuyentes de buena fe. Los que, a pesar de haber cancelado su obligación tributaria a través de retenciones efectuadas por notarios al momento de la escrituración, continuaron registrando deudas, porque éstos se apropiaron ilegalmente de las sumas abonadas. También han sido numerosos los trastornos y gastos adicionales causados a contribuyentes debido a las debilidades del antiguo sistema, ya que debieron afrontar acciones judiciales por deudas inmobiliarias y de embarcaciones deportivas que debían haber sido canceladas a través de los notarios intervinientes, pero que éstos no habían abonado a Rentas, adueñándose de manera indebida de los montos que habían retenido. Como una manera de proteger los intereses particulares de los contribuyentes y del Estado, Rentas recomendará al público en general y específicamente a las organizaciones que se ocupan de la defensa de los derechos de los ciudadanos y entidades intermedias que participan en las operatorias en cuestión, que en caso de hacer una operación con un escribano que no utilice el nuevo sistema informatizado, controlen las cancelaciones efectivas de los impuestos retenidos, asegurándose de solicitar al notario el correspondiente comprobante que especifique los conceptos y montos retenidos y guardarlos debidamente. | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
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