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PROVINCIA DE BUENOS AIRES
MINISTERIO DE ECONOMIA
Prensa
Marzo 28, 2003


Se están enviando 49.928 cédulas de intimación a los propietarios de embarcaciones deportivas y de recreación que no se hayan declarado al fisco provincial.


RENTAS INTIMA A DUEÑOS DE EMBARCACIONES DEPORTIVAS


La Dirección Provincial de Rentas inició un operativo de intimaciones a los titulares de embarcaciones deportivas y de recreación que no estén inscriptos en el tributo. Se trata de 49.928 embarcaciones de distinto tipo y envergadura, que no tributan el impuesto correspondiente y que tienen su fondeadero, amarre o guardería habitual en la provincia de Buenos Aires.

Las embarcaciones en infracción fueron detectadas en el marco de operativos de cruce de las bases de datos, que continuarán profundizándose, del Sistema de Identificación Nacional Tributario y Social (SINTyS) -que depende directamente de la Presidencia de la Nación-, la AFIP, Prefectura y guarderías establecidas en la Provincia, a lo que se sumaron los controles efectuados en los ríos bonaerenses.

En el caso de los mayores contribuyentes -es decir aquellos que tengan mayor valuación para las compañías de seguros o mayor cantidad de motores-, Rentas desarrollará un tratamiento diferenciado y personalizado para asegurar una adecuada individualización de los morosos.

Una vez que el propietario de la embarcación deportiva y de recreación reciba la intimación, tendrá un plazo de 5 días hábiles para presentarse a regularizar su situación. Aquellos propietarios intimados que aporten las pruebas que determinan que no deben tributar en el ámbito de la Provincia, deben presentarse dentro del plazo de los 10 días hábiles. Quienes no se presenten en ese plazo serán inscriptos de oficio en el impuesto.

Para dar de alta impositiva a las embarcaciones, sus propietarios deberán acercarse al distrito de Rentas más próximo a su domicilio, con la documentación siguiente:

- fotocopia de la cédula de intimación recibida, formulario R-650 v2, que se adjunta a la cédula de intimación;

- documento de identidad del titular en el caso de las personas físicas o contrato constitutivo y acta de designación de directorio, las personas jurídicas;

- constancia de CUIT/CUI/CDI;

- certificado de matrícula expendido por el Registro Nacional de Embarcaciones Deportivas o Prefectura Naval Argentina;

- póliza de seguro, o factura de compra o boleto7escritura de compraventa de la embarcación, o bien facturas de compra del casco, motores, o incorporaciones técnicas.

Para mayores consultas, los contribuyentes pueden dirigirse a los distritos de Rentas más próximos a su domicilio, llamar gratuitamente al 0800-999-736827, escribir un e-mail al 0800-dpr@ec.gba.gov.ar o visitar el sitio www.ec.gba.gov.ar

 
            
       
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