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Acompañado por el Subsecretario de Ingresos Públicos, Santiago Montoya, presentó el Programa de Sinceramiento Fiscal. TODOS LOS
QUE TIENEN OBLIGACIÓN FISCAL DEBEN ESTAR DENTRO Se eleva un proyecto de Ley que contempla una batería de medidas que tienen como finalidad posibilitar el ingreso al sistema tributario a todos los contribuyentes de la Provincia, incluyendo descuentos y bonificaciones especiales para quienes cumplan o paguen al contado y amplios planes de pago para los deudores. Se proyecta incorporar el régimen de incautación de mercaderías como sanción tributaria. Por decreto habrá un sistema de sorteos, con premios para quienes pidan comprobantes de pago o facturas por sus compras. "Nuestro objetivo fundamental, al impulsar el Programa de Sinceramiento Fiscal, es que todos los contribuyentes que tienen obligación fiscal ingresen al sistema tributario provincial y paguen los impuestos que le corresponden. Para ello estamos elevando a la Legislatura bonaerense un proyecto de Ley que tiene esa finalidad, incluyendo descuentos y bonificaciones para quienes cumplan o paguen al contado y también amplios y flexibles planes de pago para los deudores. A la vez proponemos decretos del Poder Ejecutivo y Resoluciones de Rentas, que contribuyan a alcanzar aquella meta esencial", dijo el Ministro de Economía de la provincia de Buenos Aires, Licenciado Gerardo Otero, al explicar, junto al Subsecretario de Ingresos Públicos, Santiago Montoya, las normas legales que está proponiendo, dentro del Programa de Sinceramiento Fiscal. "La batería de medidas, la mayoría de ellas innovadoras en nuestro sistema impositivo, constituye una nueva fase en la mejora registrada de la administración tributaria y contempla los impuestos sobre los Ingresos Brutos, Inmobiliario y Automotores. A través de ellas vamos a premiar a los contribuyentes cumplidores, como también facilitar el reingreso al sistema a quienes han incumplido. Pero también vamos a ser sumamente rigurosos con quienes no lo hagan, a pesar de la flexibilidad que estamos proponiendo", prosiguió. "En cuanto al impuesto de Sellos, como ya se ha difundido públicamente, hemos implementado un sistema transparente y novedoso que comienza el 1 de noviembre, por el que el contribuyente podrá informarse en nuestra página de Internet si su transacción ya fue notificada por el Escribano interviniente a las correspondientes áreas del Ministerio de Economía, como también los importes abonados y demás datos correspondientes a su operación", agregó Otero. "Nos proponemos, asimismo, incorporar al Código Fiscal la figura de la incautación de mercaderías como sanción tributaria. En tanto que vamos a establecer un sistema de sorteos y premios para los poseedores de comprobantes y facturas de los pagos de sus compras, para incentivar el pedido de tickets o facturas, que contribuirá a crear mayor conciencia tributaria y aportará datos útiles para la fiscalización tributaria", añadió el Ministro. "Así como en el último año hemos avanzado claramente en medidas de administración tributaria que han posibilitado el crecimiento de la recaudación propia y la reducción de la morosidad y la evasión impositiva, este programa nos permitirá ascender un escalón importante en la mejora del aparato recaudatorio, con el consiguiente aumento de la recaudación propia. Nuestra finalidad es que todos paguen lo que les corresponde y no que la carga tributaria recaiga sobre unos pocos", finalizó el licenciado Otero. Las principales medidas comprendidas en el Programa de Sinceramiento Fiscal son las siguientes:
Quedan
excluidos los contribuyentes de Ingresos Brutos con impuesto determinado correspondiente
al 2002 igual o superior a $500.000 y los del Impuesto Inmobiliario en relación
con inmuebles cuya valuación fiscal sea igual o superior a $250.000, o
a $500.000, según se trate de planta urbana edificada o rural.
- Para acceder al Programa los contribuyentes deberán reconocer formalmente la deuda vencida y, en el caso de Ingresos Brutos, comprometerse a un pago mínimo por cada anticipo del impuesto a vencer y por un plazo de hasta 18 meses, en el Inmobiliario, pago en término durante 24 meses. - El monto del pago mínimo será establecido por Rentas con base en estimaciones sectoriales y el contribuyente que no pueda satisfacerlo deberá solicitar una fiscalización para ajustar el monto. - El pago de la deuda vencida al 31/12/2002 reconocida por el contribuyente se podrá efectuar en hasta 36 meses y un interés de financiación de hasta 2% mensual sobre saldos o mediante alguno de los regímenes de regularización que se encuentren vigentes durante la vigencia del Programa. - En caso de incumplimiento de alguna de las condiciones que se establezcan, los beneficios otorgados se perderán totalmente.
Se fija un nuevo límite inferior en materia de valuación fiscal de $250.000 para Inmobiliario Urbano Edificado y $500.000 en el Inmobiliario Rural. En el caso de los Automotores el límite de referencia será de $30.000.
Establecimiento excepcional de regímenes de regularización de deudas correspondientes a agentes de recaudación.
Obligación de organismos y entes estatales y privados, incluidos bancos, de suministro de información de interés fiscal, al organismo recaudador.
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Ministerio de Economía
de la provincia de Buenos Aires
Calle 8 entre 45 y 46 - La Plata (1900) | Teléfono del conmutador: (0221) 429-4400 |
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