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PROVINCIA DE BUENOS AIRES
MINISTERIO DE ECONOMIA
Prensa
Enero 08, 2004

Descuento de 15% y 20% para quienes paguen al contado. Condonación de recargos y fuerte reducción de multas para los que abonen en los plazos fijados.

COMIENZA EL PROGRAMA DE SINCERAMIENTO FISCAL

En la primera etapa se implementa un régimen especial de regularización de deudas de Agentes de Recaudación de los impuestos bonaerenses y contribuyentes directos del Impuesto de Sellos. Posteriormente habrá planes especiales para deudores de Ingresos Brutos e Inmobiliario y se extenderá el régimen de facilidades de pago a los deudores del Impuesto Automotor.

El Ministerio de Economía de la Provincia de Buenos Aires ha puesto en vigencia, a través de la Dirección Provincial de Rentas, la primera etapa del Programa de Sinceramiento Fiscal, el cual establece un régimen de regularización de deudas de Agentes de Recaudación de Impuestos y otro para los contribuyentes que adeudan Impuesto de Sellos, en los que podrán incluirse deudas vencidas al 30 de agosto de 2003, y estarán vigentes en su primer segmento, hasta el próximo jueves 15 de enero. Permite pagar las deudas al contado con una importante bonificación de 20% en el primer caso y de 15% en el caso de los deudores directos del impuesto de sellos o financiarlas en cuotas con baja tasa de interés.

El régimen establecido para los Agentes de Recaudación, en este período incluye los siguientes beneficios:

Para esta primera etapa del plan se prevé un descuento de 20% en el pago contado para aquellos agentes que cancelen totalmente su deuda antes del 21 de enero.

1- Liquidación de la deuda hasta la fecha del acogimiento con un interés del 6% o 12% anual no acumulativo, según se trate de retenciones y percepciones no efectuadas (omisión), o retenciones y percepciones efectuadas y no ingresadas en tiempo oportuno (defraudación)

2- Condonación de recargos.

3- Reducción de multas.

4- Condonación de multas en el caso que el impuesto con más sus intereses hubieran sido abonados antes del 26 de diciembre de 2003 o bien se regularicen los intereses en el plan.

5- Pago al contado con 20% de descuento o en hasta 18 cuotas con un interés de financiación de 0,20% mensual sobre saldo

Por su parte, el plan de facilidades de pago establecido para contribuyentes que adeuden Impuesto de Sellos, contempla para el mismo período los siguientes beneficios:

1- Liquidación de la deuda hasta la fecha del acogimiento con una reducción de intereses del 85%.

2- Pago al contado con un 15% de descuento y para la modalidad en cuotas un anticipo del 5% y el saldo en hasta 30 cuotas con un interés de financiación del 0,2% mensual sobre saldo.

3- En los planes de hasta 12 cuotas, se otorga un descuento del 10% sobre el importe de las cuotas que se abonen en término.

4- Igual número de cuotas para los planes en los que se regularice deuda en instancia prejudicial o judicial.

Posteriormente el Programa se extenderá a deudores de los Impuestos sobre los Ingresos Brutos e Inmobiliario y se ampliará el régimen de facilidades de pago para los contribuyentes que adeudan el Impuesto a los Automotores.

 
            
       
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