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PROVINCIA DE BUENOS AIRES MINISTERIO DE ECONOMIA |
Prensa Junio 23, 2004 | Con
el comprobante de pago del mes de mayo se paga el vencimiento de julio. Quienes
no tengan la boleta para el pago pueden solicitarla en las delegaciones de Rentas
o bajarlas de Internet ingresando a www.rentas.gba.gov.ar CON
LA BOLETA DE LA SEGUNDA CUOTA DE LA PATENTE SE DEBE PAGAR LA TERCERA Como
se informara oportunamente, la Dirección Provincial de Rentas recuerda
a los contribuyentes del impuesto a los automotores que para abonar la tercera
cuota del tributo, con vencimiento en julio, deben utilizar la misma boleta que
usaron para efectuar el pago de la segunda cuota, que venciera en el mes de mayo.
Por lo tanto, no recibirán en su domicilio otro formulario para pagar,
ya que deben emplear el que está en su poder. No obstante, aquellos
contribuyentes que no tengan la boleta para el pago pueden solicitarla en las
delegaciones de Rentas o bajarlas de Internet ingresando en www.rentas.gba.gov.ar.
Los vencimientos son entre el 12 y el 16 de julio, según el número
de terminación de la "patente". En el mes de mayo Rentas
emitió una sola boleta para el pago de las cuotas 2 y 3 del impuesto a
los automotores, con el propósito de facilitar a los contribuyentes el
pago del tributo, dando la posibilidad de abonarlas -juntas o cada una a su vencimiento-
con la misma boleta. Por otra parte, cabe recordar que los contribuyentes
que abonaron la "patente" 2003 y la primera cuota 2004 en término,
gozan de una bonificación especial del 15% por el pago de las cuotas siguientes
antes de su vencimiento. Para el resto de las cuotas del impuesto a los Automotores
que vencen en septiembre y noviembre-, también gozarán de
esta bonificación todos los contribuyentes que tengan al día su
impuesto y hayan pagado su impuesto 2003. El impuesto a los Automotores,
como los demás impuestos provinciales, se puede pagar en: Nuevas
sucursales Bapro Pagos (450 locales adheridos, información en 0800-800-72467).
Por débito automático en cuentas de todos los bancos (adhesión
en los bancos). Débito automático con tarjeta de crédito
Visa (llamando al 011-4379-7700) y Master Card (llamando al 011-4340-6999
o al 0800-333-3248). Pago telefónico con tarjeta de crédito
Visa o Mastercard (011- 4819-3333) Se debe utilizar el código de
pago electrónico indicado en el frente del formulario. Se puede obtener
el detalle de la operación en www.bapropagos.com.ar
o por fax llamando al 0800-999-736827 Cajeros automáticos de
la Red Link y Banelco (código de pago electrónico indicado en
el frente del formulario). - Internet: www.pagoslink.com.ar
y www.pagomiscuentas.com
(código de pago electrónico indicado en el frente del formulario)
Pago de deuda atrasada: Pago Telefónico
con tarjeta de crédito VISA o MASTERCARD, llamando al 0810-999-736827.
Pago por Internet y por cajeros automáticos Link y Banelco accediendo
a la página www.rentas.gba.gov.ar
para la obtención del código de pago electrónico que le será
requerido al momento de efectuar el pago. Para más información
los contribuyentes pueden comunicarse con el Centro de Atención Telefónico
Gratuito al Contribuyente 0800-999-736827, de lunes a viernes de 7 a 23 horas
o por Internet a través del sitio de Rentas: www.rentas.gba.gov.ar | |