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PROVINCIA DE BUENOS AIRES
MINISTERIO DE ECONOMIA
Prensa
Marzo 05, 2004

Para el primer trámite que deba hacer a partir de esta fecha el contribuyente del impuesto inmobiliario debe concurrir a Rentas con una factura de un servicio público. También se le hace una encuesta. Si el contribuyente declara obras y mejoras anteriores al 31 de diciembre de 2002, ingresando al Sinceramiento obtendrá el beneficio de que las diferencias impositivas que se le hubieran generado por la mencionada incorporación, les sean anuladas.

PARA HACER TRAMITES DEL IMPUESTO INMOBILIARIO DEBE
ACOMPAÑARSE UNA FACTURA DE SERVICIO PUBLICO

Los contribuyentes bonaerenses que concurran a las delegaciones de Rentas para realizar trámites relacionados con el impuesto Inmobiliario, deberán presentar –en su primera tramitación- el original y una fotocopia del documento de identidad, de una boleta de servicio público (luz, gas, agua, teléfono, cable o tasas municipales) y de la escritura (si tiene una deuda que es superior a $1500). También debe completar una encuesta que realiza el personal de Rentas donde se corrobora la información del contribuyente (domicilio, teléfono, correo electrónico) y del inmueble (domicilio del mismo, estado constructivo, ampliación o reciclado).

Los mismos requisitos deben ser cumplidos por los contribuyentes que hayan realizado obras o mejoras en su inmueble y no las declararon ante el fisco provincial, y que ahora tienen la oportunidad de regularizar su situación ingresando al Programa de Sinceramiento Fiscal, que implementa el ministerio de Economía de la provincia de Buenos Aires, a través de las Direcciones de Rentas y de Catastro.

Si el contribuyente declara obras y mejoras anteriores al año 2003, ingresando al Sinceramiento, obtendrá el beneficio de que las diferencias impositivas que se le hubieran generado en virtud de dicha incorporación, les sean anuladas. Solamente se cobrarán las diferencias de impuesto para el año 2003.

Una vez completado el paso de la encuesta, con la correspondiente actualización de los datos, los contribuyentes quedan habilitados a ingresar a los distintos planes de pagos vigentes, que tienen mayor reducción de intereses cuanto antes se presenten a regularizar.

En el sitio web de Rentas www.rentas.gba.gov.ar los contribuyentes pueden obtener copias de la encuesta que deberán completar, como así también del formulario para incorporar las mejoras (por ejemplo, formulario N°1203 si se trata de una vivienda particular).

 
            
       
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