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Prensa | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||
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Quienes regularicen su situación antes del 17 obtendrán una mayor reducción de intereses y menos intereses de financiación. PRORROGAN
HASTA EL 17 DE MARZO LOS BENEFICIOS DE LA 1° ETAPA Debido al pedido de gran cantidad de contribuyentes que se acercaron a las diferentes delegaciones de la Provincia para regularizar su situación sin perder los beneficios de la primera etapa de presentación, la Dirección de Rentas decidió prorrogar hasta el 17 de marzo la posibilidad de que los deudores de Ingresos Brutos ingresen al Programa de Sinceramiento Fiscal, o a los planes de pago vigentes y obtengan mayor reducción de intereses. El vencimiento original de la primera etapa para acceder a los planes era mañana 10 de marzo. Se recuerda que pueden ingresar al Sinceramiento Fiscal los contribuyentes del impuesto sobre los Ingresos Brutos que tengan deudas impositivas anteriores al 31 de diciembre de 2003, y cuyo impuesto en el año 2002 determinado o liquidado resulte inferior a $500.000. Entre otros beneficios el Programa permite al contribuyente que quiera regularizar su relación con el fisco, suspender los procedimientos de fiscalización, la aplicación de nuevas medidas cautelares y los juicios de apremio ya iniciados, y la remisión parcial de intereses de la deuda vencida al 31 de diciembre de 2003 que es del 80% si se accede antes del 17 de marzo-. El interés de financiación para regularizar en hasta 36 cuotas es del 0,5% si se ingresa antes de esa fecha. La prórroga hasta el 17 de marzo también rige para quienes tengan deudas por el impuesto sobre los Ingresos Brutos, y no deseen ingresar al Programa de Sinceramiento Fiscal: pueden acceder a planes de regularización, según se trate de contribuyentes con ingresos que en el año 2002 hayan sido mayores o igual a $500.000, o de contribuyentes cuyos ingresos durante 2002 hayan sido menores a $500.000. En el primer caso no hay reducción de intereses, el interés de financiación para regularizar en hasta 36 cuotas es del 0,5% si se accede antes del 17 de marzo y del 2% si se ingresa en septiembre. En el segundo caso, la reducción de intereses es del 35% hasta el 17 de marzo y del 20% en septiembre. Los intereses de financiación son iguales y se puede pagar en hasta 24 cuotas. Los requisitos para acceder al Programa de Sinceramiento Fiscal contemplan un reconocimiento formal del contribuyente de su deuda, vencida al 31 de diciembre de 2003, más los intereses previstos en el Código Fiscal. El contribuyente deberá suscribir un compromiso de pago de un importe mínimo que es establecido por Rentas y deberá abonarse en término-, por cada anticipo del Impuesto sobre los Ingresos Brutos durante un período de 12 meses. | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
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