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PROVINCIA DE BUENOS AIRES
MINISTERIO DE ECONOMIA
Prensa
Marzo 31, 2004

Es para Inmobiliario y a los Automotores. Quienes accedan hasta el 15 de abril obtendrán una reducción de intereses del 75%, mientras que quienes lo hagan en septiembre sólo obtendrán un 45% de quita. Se darán números si se concentran muchos contribuyentes en las delegaciones.

SE PRORROGA HASTA EL 15 DE ABRIL LA SEGUNDA ETAPA
DEL SINCERAMIENTO FISCAL

Debido al pedido de gran cantidad de contribuyentes que se acercaron a las diferentes delegaciones de la Provincia para regularizar su situación, y que no quieren perder los beneficios de la segunda etapa de presentación, la Dirección de Rentas decidió prorrogar hasta el 15 de abril la posibilidad de que los deudores de Inmobiliario y Automotores ingresen a los planes de pago vigentes y obtengan una reducción de intereses del 75%, cuyo vencimiento original era hoy 31 de marzo.

Se recuerda que los contribuyentes bonaerenses que concurran a las delegaciones de Rentas para realizar trámites relacionados con el impuesto Inmobiliario, deberán presentar –en su primera tramitación- el original y una fotocopia del documento de identidad, de una boleta de servicio público (luz, gas, agua, teléfono, cable o tasas municipales) y de la escritura (si tiene una deuda superior a $1500). También debe completar una encuesta que realiza el personal de Rentas donde se corrobora la información del contribuyente (domicilio, teléfono, correo electrónico) y del inmueble (domicilio del mismo, estado constructivo, ampliación o reciclado). En el caso de los planes de pago para automotores, los contribuyentes deberán concurrir a Rentas con original y fotocopia del DNI y del título automotor para completar el plan.

Los planes de Automotor e Inmobiliario brindan 75% de reducción de intereses para quienes accedan hasta el 15 de abril y seguirán vigentes hasta el 30 de septiembre, aunque con menores beneficios. A modo de ejemplo: los deudores del impuesto a los Automotores que accedan hasta el 15 de abril, y tengan un vehículo con una valuación fiscal menor a $30.000, (o $60.000 para uso comercial) tendrán una reducción de intereses del 75%, mientras que la quita será sólo del 45% para quienes ingresen en septiembre. Es requisito ineludible que sea el titular quien realice el trámite o bien un apoderado que acredite su condición con la documentación correspondiente en el caso de acceder al plan de pagos en cuotas.

Similares reducciones tendrán los deudores del impuesto inmobiliario, para deudas de inmuebles urbanos edificados de valuación igual o inferior a $250.000, e inmuebles rurales con valor fiscal inferior a $500.000, según accedan hasta el 15 de abril o en una fecha posterior. Asimismo, no habrá intereses de financiación si la valuación fiscal de los inmuebles urbanos edificados es inferior a $150.000. Los planes permiten regularizar deudas anteriores al 31 de diciembre de 2003 y en hasta 36 cuotas según el caso. Para el pago contado –que se puede realizar en 3 cuotas- hay un descuento del 15%.

 
            
       
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