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Prensa | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||
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Es para los deudores de los impuestos Inmobiliario, a los Automotores y sobre los Ingresos Brutos. Hay descuentos de hasta el 100% en los honorarios de los apoderados fiscales.
La Dirección Provincial de Rentas implementó los Planes de Pago Judiciales Flexibles que permiten regularizar las deudas con juicios de apremio ya iniciados y otorgan el beneficio de reducción de la deuda en juicio y el descuento de honorarios de abogados apoderados fiscales- que son de hasta el 100% según la fecha de ingreso al plan. Los nuevos Planes de Pago Judiciales Flexibles permiten regularizar deudas en proceso de ejecución judicial provenientes de los Impuestos Inmobiliario, a los Automotores y sobre los Ingresos Brutos vencidas al 31 de diciembre de 2004, sus intereses y multas con una reducción de un 75% sobre el monto correspondiente a los intereses. Asimismo, en razón de lo previsto en el artículo 97 bis del Código Fiscal, los honorarios de los abogados se reducen, ya que se calculan sobre el monto del juicio con los descuentos del plan al que el contribuyente acceda, y no sobre el monto del juicio actualizado. Los nuevos planes permiten obtener un descuento adicional equivalente a un porcentaje del importe de los honorarios efectivamente abonados al apoderado fiscal, de acuerdo a la fecha de acogimiento. El descuento será del 100% para los acogimientos que se realicen antes del 12 de mayo, o dentro de los sesenta días corridos contados desde el inicio del juicio de apremio. Y el descuento será del 50% para los acogimientos realizados con posterioridad a los sesenta días (o del inicio del plan, o del inicio del juicio de apremio). El pago de las obligaciones regularizadas podrá realizarse al contado, en un solo pago, con un descuento de hasta el 15 %, más un 10% que se aplicará al saldo resultante como bonificación adicional por pago dentro del plazo previsto. O en hasta tres pagos: con una bonificación del 15%, que se aplicará en el último pago. La regularización de la deuda en cuotas, si se refiere al Impuesto sobre los Ingresos Brutos e Inmobiliario se efectivizará con un anticipo del 5% de la deuda y el saldo en hasta 36 cuotas mensuales, iguales y consecutivas, sin interés de financiación. Las deudas provenientes del Impuesto a los Automotores se regularizarán con un anticipo del 5% de la deuda y el saldo en hasta 24 cuotas mensuales, iguales y consecutivas, sin interés de financiación. Los planes judiciales flexibles vencen el 12 de julio. | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
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