![]() |
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
|
Prensa | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
|
Todos deben actualizar sus datos en Rentas, sean directos de pago mensual o bimestral o inscriptos en Convenio Multilateral.
El 2 de mayo próximo se inicia en la Dirección Provincial de Rentas el Reempadronamiento obligatorio y la Actualización de datos obligatoria de los contribuyentes de Ingresos Brutos, ya sean directos de pago mensual o bimestral, como todos los inscriptos en Convenio Multilateral con actividades en la provincia de Buenos Aires, independientemente de su jurisdicción sede, habiéndose previsto la aplicación de multas para quienes no realicen el trámite. Estos plazos comienzan el día 2 para los contribuyentes directos de pago mensual, cuyo CUIT/CUIL termina en 0, 1, 2, 3 y 4, y pueden realizar el trámite hasta el 9 de mayo. En tanto que aquellos cuyo CUIT/CUIL finaliza en 5, 6, 7, 8 y 9 deberán actualizar sus datos entre el 23 y el 31 de mayo. Los contribuyentes de Convenio Multilateral pueden actualizar sus datos entre el 1 y el 10 de junio si la terminación de su CUIT/CUIL es 0, 1, 2, 3 y 4; y entre el 21 y el 30 de junio si su identificación tributaria finaliza en 5, 6, 7, 8 y 9. En el caso de los contribuyentes de Ingresos Brutos directos de pago bimestral deberán hacer el trámite entre el 1 de julio y el 31 de agosto para todas las terminaciones de CUIT/CUIL. La operatoria general es la siguiente: 1°.- Los contribuyentes instalan en su PC desde www.rentas.gba.gov.ar (menú Ingresos Brutos) el "Aplicativo Trámites", y en el botón "Reempadronamiento" completan los datos solicitados. 2°.- En la misma dirección de Rentas (www.rentas.gba.gov.ar) deben transferir electrónicamente el archivo que contiene el trámite. 3º.- El contribuyente debe recopilar la documentación del trámite enviado y presentarla según se establece en el siguiente punto. 4° a .- Presentación de Documentación: En el caso de los contribuyentes directos y de Convenio Multilateral jurisdicción sede 901 y 902, en el Distrito de Rentas o el Municipio (si está descentralizado). 4º b.- Presentación de Documentación: Para los contribuyentes de Convenio Multilateral jurisdicción sede 903 A 924 deberán recopilar la documentación del trámite presentado y enviarla a la Casilla de Correo1010. Correo Argentino (1900) La Plata. Para mayor información los contribuyentes pueden comunicarse al 0800-999-736827 (RENTAS) o ingresar en www.rentas.gba.gov.ar menú Ingresos Brutos. CRONOGRAMA DE VENCIMIENTOS PARA EL REEMPADRONAMIENTO
| |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
|
Ministerio de Economía
de la provincia de Buenos Aires
Calle 8 entre 45 y 46 - La Plata (1900) | Teléfono del conmutador: (0221) 429-4400 |
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||