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Prensa | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||
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La Dirección de Rentas de la provincia de Buenos Aires dispuso prorrogar hasta el 30 de septiembre el plazo para que los contribuyentes directos del impuesto sobre los Ingresos Brutos realicen el reempadronamiento obligatorio. Se recuerda que el procedimiento para realizar el reempadronamiento es el siguiente: 1.- Los contribuyentes instalan en su PC desde www.rentas.gba.gov.ar (menú Ingresos Brutos) el "Aplicativo Trámites", y en el botón "Reempadronamiento" completan los datos solicitados en el ítem "Actualización de datos". 2.- Luego deben generar el archivo a transferir a través de la web de Rentas (www.rentas.gba.gov.ar) menú Ingresos Brutos, menú "DDJJ Aplicativo Trámites" o acceso directo por el botón "Reempadronamiento". El archivo que se genere será de extensión .zip. 3.- El paso siguiente es imprimir los Formularios del Aplicativo Trámites, R-444 R, y recopilar la documentación física respaldatoria especificada en el mismo o en la Disposición Normativa serie "B" Nº 22/05. 4.- Posteriormente deberá concurrir a la sede de la Dirección Provincial de Rentas especificada en el comprobante web obtenido por la transferencia exitosa del archivo punto zip (extensión .zip) originado por el Aplicativo, con la documentación física respaldatoria especificada en el formulario R-444 R más el comprobante de transferencia web, con el objetivo de finalizar y confirmar el trámite iniciado con la transferencia del archivo por Internet. 5.- Con el trámite confirmado se emitirá un "Certificado de Domicilios" y el R-444 R firmado y sellado por los Agentes de la Dirección Provincial de Rentas como constancia definitiva de haber cumplimentado el trámite. Para mayor información los contribuyentes pueden comunicarse al 0800-999-736827 (RENTAS) o ingresar en www.rentas.gba.gov.ar menú Ingresos Brutos. | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
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